A partir de 2025 se ha establecido la obligación de hacer la declaración de IRPF por quienes cobran paro, es decir, todos los desempleados que hayan percibido alguna prestación por desempleo del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) estarán obligados a presentar la declaración de la Renta, independientemente de la cantidad cobrada o el tiempo durante el cual se haya percibido.
Así lo establece el Real Decreto 2/2024, de medidas urgentes para la simplificación y mejoras del nivel asistencial de la protección por desempleo y que modifica el artículo 299 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS) que entra en vigor el 01 de noviembre de 2024.
Además quedan incluidas en la obligación de declarar tanto las prestaciones contributivas (el “paro”) como los restantes subsidios asistenciales (por insuficiencia de cotización, por agotamiento de la prestación contributiva o el subsidio para mayores de 52 años), por lo que todos los beneficiarios de prestaciones por desempleo tendrán que presentar la declaración de la renta a partir de 2025 (por el ejercicio 2024).
¿Qué ocurre si no se presenta la declaración? Pues que se estaría incurriendo en dos infracciones:
- La primera con la obligación que la reforma citada ha establecido en la Ley General de la Seguridad Social y que podría suponer suspensión o extinción de la prestación o la devolución de lo cobrado.
- Por su parte, en principio, la falta de presentación podría conllevar una sanción de entre el 50% y el 150% por parte de la Agencia Tributaria si el parado no presenta la correspondiente declaración si bien ésta ha indicado que no procederá a sancionar (tendremos que verlo).
Lo curioso de esta reforma es que se ha hecho de nuevo “aprovechando que el Pisuerga pasa por Valladolid” y se incluye una reforma del artículo 20 de la Ley del Impuesto de la Renta en una norma de la Seguridad Social (y obviamente mediante Real Decreto, nada de discusión parlamentaria).
Y de hecho, la obligación supone una subida del impuesto sobre la renta para las rentas bajas. Así muchos parados deberán empezar a pagar por IRPF porque al incluir en la tarifa del impuesto a contribuyentes que antes no tenían que declarar, ahora a muchos les saldrá a ingresar.
Es más, literalmente, la reforma que el Real Decreto 2/2024 hace del artículo 299 LGSS introduce una nueva letra k) que deja el texto del mismo:
«Artículo 299. Obligaciones de los trabajadores, solicitantes y beneficiarios de prestaciones por desempleo.
- Son obligaciones de los trabajadores y de los solicitantes…
- k) Presentar anualmente la declaración correspondiente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas»
Es decir, literalmente, la LGSS obliga a presentar la declaración de la renta a todos los trabajadores, independientemente por tanto de los límites que establece la normativa fiscal (22.000,00 € cuando hay un solo pagador y 15.876,00 € en caso de varios pagadores y cuando el segundo más elevado supere los 1.500,00 €).
En este sentido, el Ministerio de Hacienda dice que no es así, pero hasta que el texto publicado no sea rectificado aclarando que la reforma sólo afecta a quienes perciben prestaciones y subsidios del SEPE y no a todos los trabajadores, lo cierto es que, pese a lo dicho, Hacienda podría, insistimos, a tenor de la literalidad del texto, exigir la declaración del IRPF a todos los trabajadores. De hecho, la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, y el secretario de Estado Joaquín Pérez Rey, han dicho que «la obligación es de declarar, no de pagar» pero la ministra ha indicado que debe debatirse “la necesidad de universalizar la obligatoriedad de presentar la declaración de IRPF para todos los ciudadanos”.
Con los antecedentes de subida de presión fiscal y la necesidad recaudatoria del Gobierno (en el año 2023 los ingresos tributarios alcanzaron los 271.935 millones de euros, un 6,4% más que lo recaudado en 2022 que a su vez también fue de récord) para afrontar el gasto público (con récord histórico cercano a los 200 mil millones de euros), no nos extrañaría que, finalmente, la obligatoriedad para declarar a todos los trabajadores se mantenga y empecemos a ver requerimientos de hacienda a trabajadores (no a perceptores del paro o subsidios) por no haber presentado la declaración del IRPF.
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