El Boletín Oficial del Estado ha publicado hoy la Orden HAC/1177/2024 por la que se desarrollan las especificaciones técnicas, funcionales y de contenido referidas en el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación, aprobado por el Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre; y en el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, aprobado por Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre (BOE de 28 de octubre de 2024).
Bajo ese pomposo nombre se esconde la regulación de las especificaciones técnicas que los programas y sistemas informáticos deben adoptar para cumplir con las nuevas normas de facturación electrónica y cuyo desarrollo reglamentario se esperaba para la implantación del Sistema VERIFACTU por el cual se obliga a todos los profesionales a transmitir la facturación a la AEAT vía internet.
Ya hemos comentado anteriormente este tema:
Pero se acerca la fecha de su utilización obligatoria a partir del 01 de julio de 2025, y muchos, muchísimos profesionales y autónomos aún no se han puesto manos a la obra para ir adaptándose. Hemos recomendado que no esperemos hasta el último momento para incorporar un sistema de facturación homologado.
Con la facturación electrónica los registros de facturación son enviados automáticamente a Hacienda cuando se emite la factura, por lo que hacienda puede hacer un seguimiento en tiempo real de la actividad económica (artículo 4 del RD) que implica también la gestión de los certificados electrónicos que «serán utilizados para autenticarse en la conexión con la Agencia Estatal de Administración Tributaria con la finalidad de remitir la información y, en su caso, generar la firma electrónica de los registros de facturación y de evento».
Como decíamos, venimos advirtiendo de la necesidad de actualizarnos a dichos sistemas pero, por si alguien aun es reacio o piensa que pagar 15,00 o 20,00 € mensuales por un programa es muy caro, tengamos en cuenta que los profesionales y autónomos que no implementen este sistema podrán enfrentar multas de hasta 10.000,00 €.
Además, se establecen una serie de multas administrativas para quienes incumplan las obligaciones digitales fijadas, entre las que está la obligatoriedad de la factura electrónica. Así:
- Hasta 3.000,00 € por cada factura no emitida en formato electrónico.
- Hasta 6.000,00 € por no registrar y almacenar las facturas digitales durante el plazo de 4 años.
- Hasta 24.000,00 € por no cumplir con las exigencias fiscales y contables relativas la regulación.
- Hasta 60.000,00 € por incumplir las normas sobre seguridad y privacidad.
- Exención del IVA para autónomos
- Obligación de hacer la declaración de IRPF por quienes cobran paro
- No hay donación
- El TSJA anula una sanción de 60.000 euros
- Anulación de una liquidación
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