Renta 2025: no ofrecemos el servicio

Como el pasado año, en éste, nuestro despacho ha decidido no ofrecer el servicio de elaboración de declaraciones de la renta, y queremos exponer las razones.

Motivos principales de esta decisión

La Agencia Tributaria ha intensificado drásticamente las comprobaciones de las declaraciones de IRPF, no sólo utilizando cruces automáticos de datos bancarios y/o declaraciones de terceros, sino aumentando el número aleatorio de comprobaciones, generando requerimientos incluso en casos sin errores evidentes. Esta política de revisiones masivas e «indiscriminadas» responde a la “necesidad” de recaudar de los últimos años. Ya hemos hecho alusión a estos aspectos en nuestro blog¹ .

Los borradores de Renta WEB contienen errores frecuentes, como datos incorrectos de la Seguridad Social o deducciones omitidas, lo que genera regularizaciones con recargos del 50-150% y multas. Y como decimos, Hacienda ha endurecido el control por ejemplo, sobre rentas del paro o múltiples pagadores, bajando umbrales a 15.000,00 € y enviando avisos masivos.

Y aun más en esta zona donde Hacienda se “ceba” con los trabajadores transfronterizos, enviándoles comprobaciones para que acrediten con certificados del Tax Office, de la empresa, con todas las nóminas, etc… para constatar los datos que, como los mismos requerimientos que envía, ya tiene en su poder. También hemos publicado varios posts sobre este tema².  

Éxito en nuestras reclamaciones, pero con costes elevados

Y lo cierto es que, ante la “cabezonería” de Hacienda de mantener su postura, en procedimientos de reclamaciones económico-administrativas logramos que se nos dé la razón con frecuencia, pero este proceso consume tiempo y recursos para todos. Presentar la renta expone innecesariamente a estos riesgos, cuando los tribunales ya demuestran fallos recurrentes de Hacienda en temas similares. Es decir, aunque presentemos la declaración correctamente, Hacienda comprueba y se mantiene en su postura, incluso ilegal, teniendo que acudir a las reclamaciones económico-administrativas para obtener justicia. El problema: esas comprobaciones de hacienda suelen ser de poca cuantía, de tal forma que, pese a que la razón y la ley asisten al contribuyente, los costes de acudir a la vía económico-administrativa es “antieconómico” tanto para el interesado como para el propio abogado. Pongo un ejemplo real: una persona recibe una comprobación de una declaración de IRPF en la que Hacienda le reclama 400,00 €, se formulan alegaciones e incluso recurso de reposición ante la misma Hacienda “demostrando” la ilegalidad. Hacienda se “mantiene en sus trece” y sólo deja la vía económico-administrativa en la que el contribuyente, para empezar, debe pagar o fraccionar la deuda porque si no le embargan. Tal y como está el Tribunal Económico-Administrativo (TEAR), por el número de recurso, el plazo de resolución es de unos dos años. Aun cuando el TEAR dé al final la razón y Hacienda devuelva los 400,00 € al cliente, nunca hay condena en costas para Hacienda, por lo que es el interesado quien debe pagar al abogado. ¿Cuánto cobrar por una reclamación de 400,00 €? No es la cuantía, sino la complejidad del tema tributario.

Y quizá para asesorías que presenten 1.000 o 2.000 declaraciones a 30,00 € o 50,00 € cada una, el tener que recurrir algunas de ellas puede resultarle rentable. Para el volumen de declaraciones que realizábamos en nuestro despacho no lo es. Y siempre recomendamos lo mismo: si hay que recurrir con fundamentación jurídica, acuda a un especialista. Ya lo hemos también publicado anteriormente: comparemos esto con una operación médica: ¿quién quisiera que le operara un enfermero o un cirujano? Cada uno tiene sus conocimientos y habilidades.

Unamos a todo lo anterior que la campaña de renta, aun siendo muchas menos que las de las asesoría como hemos comentado, genera picos de trabajo con plazos estrictos. Por ello, muchos despachos, como el nuestro, prefieren evitarlo para no saturarse y optan por enfocarse en servicios de mayor valor como reclamaciones, juicios, etc. preparando defensas efectivas si surgen comprobaciones.


¹ Hacienda y la sensación de trato desigual; La economía española: luces y sombras que todos notamos (II); etc..
² Una vuelta de tuerca mas de la AEAT a los trasfronterizos de Gibraltar
³ De nuevo TEAR nos da la razón; El TSJA anula una sanción de 60.000 euros; Anulación de una liquidación; etc..

OTRAS ENTRADAS

El presente contenido tiene carácter informativo y divulgativo y no constituye asesoramiento jurídico o fiscal personalizado.