La Orden HFP/886/2023 de 26 de julio de 2023, establece el modelo 721 con vigencia a partir de este año 2024, para informar sobre monedas virtuales situadas en el extranjero. Es decir, se introducen nuevas obligaciones fiscales relacionadas con la declaración de criptomonedas buscando una mayor transparencia.
Modelo 721. Obligados a su presentación.
El modelo 721 regula la declaración de criptomonedas depositadas en el extranjero. Con su “claridad habitual”, la Orden Ministerial en su artículo 2 establece que estarán “obligados a presentar el modelo 721, «Declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero», son los delimitados en el apartado 1 del artículo 42 quater del Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio”.
Es decir, están obligados las personas físicas y jurídicas residentes en territorio español, los establecimientos permanentes en dicho territorio de personas o entidades no residentes y las herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades que, carentes de personalidad jurídica, constituyan una unidad económica o un patrimonio separado susceptibles de imposición.
¿A partir de qué importe se debe declarar? Cuando la cartera en criptos tenga un valor de al menos 50.000,00 €.
Plazo de presentación. El artículo 4 de la Orden establece que el modelo 721 se realizará entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente a aquel al que se refiera la información a suministrar. Es decir que con respecto al ejercicio 2023, se presentará entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2024.
¿Qué ocurre si no presento el modelo?
Como ya se fijaba para el modelo 720, la falta de presentación de esta declaración informativa de criptomonedas conllevará multas de 300,00 € por no presentarlo si hay requerimiento previo de la Administración, y de 150,00 € por presentarlo incorrectamente.
Asimismo pueden ser sancionados con 20,00 € por cada registro que no hay sido declarado o se le haya requerido o 10,00 € por hacerlo mal.
Modelos 172 y 173
La regulación de las obligaciones sobre criptomonedas se completa con la Orden HFP/887/2023 también de 26 de julio que aprueba los modelos 172 de «Declaración informativa sobre saldos en monedas virtuales» y el modelo 173 de «Declaración informativa sobre operaciones con monedas virtuales”, enfocadas a las entidades que gestionen criptomonedas.