La lotería del derecho

14/03/2019

Recurro una vez más al artículo publicado bajo ese nombre en la revista de Lex Nova en Abril de 2000 por Alejandro Nieto García, Doctor en Derecho por la Universidad de Valladolid y Catedrático de Derecho Administrativo en las Universidades de La Laguna, Alcalá de Henares, Complutense de Madrid y en la Autónoma de Barcelona, habiendo sido vicerrector de todas ellas y Decano de Derecho y Ciencias Económicas en esta última, y Premio Nacional de Ensayo en 1997.

En ese artículo, decía «en dos casos exactamente iguales, una demanda prospera y otra es rechazada con costas». Y no podía tener más razón. Lo digo porque se me ha dado el caso en el que solicito unas diligencias preliminares de exhibición de un documento (contrato) y en un Juzgado se me inadmite en tanto cuando yo había solicitado no tener que prestar caución al entender que no se produce perjuicio alguno por el mero hecho de exhibir un documento, la juzgadora entendía que sí debía prestarla, pero no dice que la petición no esté fundamentada (de hecho, acompañaba a la petición documentación acreditativa del porqué era precisa la exhibición).

Pues bien, ante el dilema de apelar o presentar de nuevo la petición, opto por esto último, reproduciendo íntegramente la primera demanda, y ofrezco caución fundamentada.

Esta nueva petición recae en otro Juzgado y la nueva juzgadora también me la inadmite, pero esta vez porque pide que esté más fundamentada.

A mismos argumentos, distinta resolución. Espero que a la tercera, donde aportaré los dos autos de inadmisión anteriores, el juez o la jueza al que corresponda, se decida por una de las dos opciones.

Por desgracia, como Nieto decía en su artículo, «nuestro destino, más que de los códigos, depende del capricho del juez que sentencia».