Deducción de hasta 1.000 € en gastos de guardería

18/01/2019

La Orden del Ministerio de Hacienda HAC/1400/2018, de 21 de diciembre, (BOE 312 de 27 de diciembre), crea el modelo 233  «Declaración informativa por gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados». Este modelo tiene su origen en la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, que modifica la redacción del artículo 81 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de los no Residentes y sobre el Patrimonio. De acuerdo con esta modificación, el apartado 2 del artículo 81 prevé que el importe de la deducción por maternidad se pueda incrementar hasta en 1.000 euros adicionales cuando el contribuyente que tenga derecho a la misma hubiera satisfecho en el periodo impositivo gastos por la custodia del hijo menor de tres años en guarderías o centros de educación infantil autorizados. El apartado 5 del citado artículo 81 establece la obligación de información que deben cumplir las guarderías o centros infantiles que se plasma en el citado modelo 233.

La Orden HAC/1400/2018 establece que esta declaración informativa se presentará obligatoriamente de forma electrónica por Internet.

Su artículo 2 establece que estarán obligados a presentar el modelo «las guarderías o centros de educación infantil autorizados a que se refiere el artículo 81.2 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las Leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de los no Residentes y sobre el Patrimonio» y según el artículo 3 deberá ser objeto de declaración la información definida en el apartado 9 del artículo 69 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, «en relación con los menores de tres años inscritos en la guardería o centro de educación infantil autorizado cada año, así como en relación con el menor que cumpla tres años en el ejercicio, en cuyo caso la información se ampliará a los meses posteriores al cumplimiento de dicha edad hasta el mes anterior a aquel en el que el menor pueda comenzar el segundo ciclo de educación infantil».

Por su parte el artículo 4 establece que la presentación de esta declaración informativa se realizará en el mes de enero de cada año en relación con la información correspondiente al año inmediato anterior, si bien para el ejercicio 2018 el plazo se amplía excepcionalmente hasta el 15 de febrero.

En el modelo 233 se detallarán los siguientes datos:

  • Datos identificativos de la guardería o centro de educación infantil.
  • Autorización del Centro expedida por la Administración educativa competente.
  • Nombre y apellidos del menor y, en su caso, NIF.
  • Nombre, apellidos y NIF de progenitores, tutores o personas que tienen al menor en acogimiento.
  • Meses en los que el menor haya estado inscrito en la guardería o centro educativo en cuestión (por mes completo).
  • Gastos anuales pagados a la guardería o centro de educación infantil en relación con el menor.
  • Importes subvencionados correspondientes a los gastos referidos en el punto anterior.

Esta declaración informativa, modelo 233, deben presentarla EXCLUSIVAMENTE, las guarderías o centros de educación infantil autorizados. En ningún caso deben presentarla los padres/tutores.

Enlace al Modelo 233